Acción Orientadora


La LOE concede una especial relevancia a la dimensión tutorial y orientadora del alumnado, además, dicha dimensión constituye uno de los indicadores de calidad de los centros. Constituye un derecho del alumnado y un deber de la administración que se ha de concretar en las propuestas articuladas de los centros.

La Orientación Académica y Profesional debe entenderse como un proceso que se debe desarrollar durante toda la Educación Secundaria, adquiriendo una especial relevancia cuando el alumno debe escoger materias optativas y en aquellos momentos en que la elección entre distintas opciones puede condicionar en gran medida el futuro académico y profesional de los estudiantes: itinerarios académicos en Bachillerato o Ciclos Formativos de Formación Profesional.


El final de la escolaridad obligatoria despierta incertidumbres entre los adolescentes y sus familias acerca de que itinerario o camino seguir, acceder a una formación académica o profesional, o incorporarse directamente al mundo del trabajo.

La trascendencia de esta decisión es considerable, no solo afecta a la totalidad del alumnado, sino que implica una opción, si no irreversible, bastante definitoria respecto a su futuro laboral y personal.

Al final de la etapa de secundaria obligatoria el alumno que ha terminado con éxito tiene tres posibilidades: cursar un ciclo formativo de grado medio, cursar algunas de las modalidades del bachillerato o abandonar el sistema educativo. 

Las actuales condiciones sociales hacen sumamente desaconsejable abandonar la educación formal antes de los dieciocho años. Las posibilidades, de trabajo están muy condicionadas por los estudios realizados. En todo caso, para los adolescentes que dejen el sistema educativo el tránsito a la vida activa exige una adaptación laboral y social al mundo adulto que puede resultarles problemática, agravada por la situación actual de desempleo y movilidad ocupacional.